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Inconstitucional exigir antecedentes penales y ser mexicano de nacimiento para ocupar cargos públicos y realizar actividades comerciales: SCJN

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Inconstitucional exigir antecedentes penales y ser mexicano de nacimiento para ocupar cargos públicos y realizar actividades comerciales: SCJN

El día de ayer, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) continuó con su postura de que “exigir no tener antecedentes penales” para realizar alguna actividad -sin hacer excepciones-, atenta contra los principios de igualdad y no discriminación estipulados en el artículo 1° de la Constitución General, ya que va en contra de las personas que cuentan con este tipo de faltas. El Tribunal resolvió que solicitar este requerimiento “tratándose de personas jurídicas o morales atenta contra su libertad de trabajo, comercio e industria, contenida en el artículo 5 de la Constitución General”.

Por tal motivo, la Corte invalidó las fracciones I, inciso d) bis y II, inciso d), del artículo 4 de la Ley que Regula a los Agentes Profesionales Inmobiliarios en el Estado de Baja California Sur, quienes exigían el requisito antes citado, para adquirir una licencia de “agente profesional inmobiliario” a personas jurídicas y físicas, respectivamente.[

Asimismo, la SCJN anuló el artículo 108, fracción VI, párrafo segundo, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Sonora, el cual indicaba que, para alcanzar el puesto de Director General del Organismo Descentralizado de Agua Potable, era sumamente importante no tener antecedentes penales; además del artículo 80 Ter de la Ley de Desarrollo Social del Estado de Hidalgo que requería los mismos principios para ser parte del Comité de Contraloría Social.

Al finalizar, el órgano judicial expuso que los parlamentos locales “carecen de competencia” para exigir el requerimiento de nacionalidad mexicana de nacimiento, para acceder a cargos públicos; por lo tanto, también decidieron derogar el artículo 20 Bis, fracción I, de la Ley Número 613 (creador del Instituto Veracruzano de las Mujeres), éste establece que para ser Coordinadora del Refugio Estatal para Mujeres en Situación de Violencia, igualmente se deberá contar con la nacionalidad mexicana desde el nacimiento.

Miguel Palacios Gómez Foro jurídico

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